Por las razones dichas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO POR DIVORCIO, y de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, el VINCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos WILMER DE JESÚS SENCIAL BRACHO y NORA JOSEFINA VILLALOBOS DE SENCIAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Número: V-3.453.520 y V-3.634.737, respectivamente, domiciliados el primero en la Calle Churuguara, Casa No. 38, Sector Las Cabillas de la Ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia, y la segunda en el Campo Bella Vista, Casa No. 133 del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, y que estos contrajeron por la antes Prefectura del Municipio Lagunillas, Distrito Bolívar del Estado Zulia, en fecha seis (06) de Julio del año Mil Novecientos Setenta y Seis (1.976).