Por las razones dichas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO POR DIVORCIO, y de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, el VINCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos FRANKY JOSÉ ZACARÍAS SUAREZ y AURA MARINA ROJAS LEAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V-10.211.740 y V-8.701.812, respectivamente, domiciliados el primero en la avenida 43, callejón El Balancín, casa N° 379, y la segunda en la avenida 43, callejón El Balancín, casa N° 380, ambas direcciones en Campo Mío, Parroquia Venezuela, Municipio Lagunillas del estado Zulia, y que estos contrajeron por la antes Prefectura del Municipio Lagunillas, Distrito Lagunillas del Estado Zulia, hoy Municipio Lagunillas del Estado Zulia, en fecha veintiséis (26) de diciembre de mil novecient.....