Por las razones expuestas y por los Dispositivos Legales enunciados, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara la HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO practicado por la parte demandante, y da por Consumado el Acto, y se ordena proceder como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA en el presente Procedimiento por CALIFICACIÓN DE DESPIDO, seguido por la Ciudadana VIRGINIA MORONTA BOSCAN, contra la Sociedad Mercantil "BJ SERVICES DE VENEZUELA" Compañía en Comandita Cumplidas como hayan sido las formalidades se ordena el Archivo del presente expediente.