Por las razones expuestas este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda que por PENSIÓN DE ALIMENTOS ha incoado la ciudadana NANCY MARGARITA MANZANERO YEPEZ, a favor de sus hijas NATHALY CAROLINA y ELINETH GABRIELA MALAVE MANZANERO, contra el ciudadano OMER DE JESÚS MALAVE VENEGA.
Se ordena suspender la Medida de Embargo decretada en fecha 12 de Enero de 2.004, y ejecutada en fecha 27 de Enero del año 2.004 y la decretada en fecha 14 de Abril del año 2.004, oficiar a la empresa PDVSA, PETROLEO para la cual presta sus servicios el ciudadano demandado, a los fines de que cumpla con lo ordenado y que cualquier cantidad de dinero deducida al mencionado ciudadano por tales conceptos deberán reintegrárselos.
Se ordena oficiar al TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN CABIMAS, SALA Nº 2, a los fine.....