En virtud de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios se decretó el Secuestro Preventivo y la cosa objeto de la ejecución de la medida queda afectada para responder al arrendatario, si hubiere lugar a ello, por cuyas razones se dicta MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el inmueble constituido por un local Comercial, ubicado en la Avenida Bolívar, Ciudad Ojeda, jurisdicción del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, donde funciona la Empresa Mercantil CALZADOS JOE SPORT, al lado de la Quincallería El Cañadero, diagonal a la Plaza Bolívar, frente al Supermercado Ojeda y a la Nueva Zapatería Tamanaco, propiedad del ciudadano STAVROS CARATAIDIS SIMEONIDU, según documento de propiedad Autenticado por ante la Notaría Pública Primera de Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, en fecha 01 de agosto de 1994, bajo el No. 105, Tomo 31, posteriormente protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Autó.....