Por los razonamientos y fundamentos antes expuestos, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO sobre el bien inmueble, situado en el Sector Lagunillas, Urbanización Zulima, signado con el Nº 1071, jurisdicción del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, comprendido dentro de los siguientes linderos; Norte: Linda con terrenos propiedad de PDVSA PETRÓLEO, S.A; Sur: Linda con la vía publica; ESTE: Linda con la vía publica y Oeste: Linda con la vía publica; según lo solicitado por la parte actora.
Se ordena librar el respectivo EXHORTO al JUZGADO DISTRIBUIDOR EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLÍVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas. Así mismo, se designa como Secuestrataria Judicial para llevar a cabo dicha Medida de Secuestro, a la Empresa PDVSA PETRÓLEO, S.A., e.....