Por las razones expuestas este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA la instancia en relación a los ciudadanos: JOSÉ ÁNGEL FONSECA BOQUILLON y JOSÉ GABRIEL FONSECA BOQUILLÓN, representados por su progenitora ciudadana MIRIAN COROMOTO BOQUILLON JIMENEZ, en la presente causa que por Pensión Alimentaría hoy Obligación de Manutención ha incoado en contra del ciudadano ANGEL MARÍA FONSECA PÉREZ.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.