PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con competencia en materia alimentaría de conformidad con Resolución N° 37.036, de fecha 22 de Agosto de 2.000, publicada en Gaceta Oficial en fecha 14 de Septiembre de 2.000, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA:
1.- Consumado el acto procesal del convenimiento de fecha veintinueve (29) de mayo del año dos mil trece (2013), celebrado por ante la Defensoría del Niño, Niña y Adolescente, Intendencia Parroquial Concepción, Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia, entre los ciudadanos: NESTOR JAVIER URDANETA BARBOZA y YARIS JOSEFINA PIRELA PIRELA, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 15.053.171 y V- 21.490.349, a favor de las niñas, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme y en consecuencia, QUEDA APROBADO .....