D E C I S I Ó N
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
a) PERIMIDA LA INSTANCIA en la demanda por OBLIGACION DE MANUTENCION, intentada por la ciudadana LOANA BEATRIZ OCHOA FERNANDEZ, en representación de su hijos YEINIREE DEL ROSARIO, JOHANDRY JOSE y YARLENYS CHIQUINQUIRA, todos PARRA OCHOA, contra el ciudadano JOSÉ BENITO PARRA URDANETA, antes identificados, indicándoles que podrán intentar nuevamente la misma sin que hayan transcurrido los noventa (90) días a los que hace referencia el artículo 271 del Código de Procedimiento Civil, conforme a la Jurisprudencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia antes comentada.
b) Se suspenden las medidas de embargo decretadas por este Tribunal en fecha 07 de Octubre de 2.008.
c) No hay costas de conformidad con el artículo 2.....