D E C I S I Ó N
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
a) PERIMIDA LA INSTANCIA en la demanda por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, instaurada por la ciudadana YULIBETH MARIANNY ATENCIO OCANDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-17.636.234, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 132.808, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, obrando con el carácter de endosataria en procuración de la Asociación Civil Centro Alternativo de Desarrollo Integral (CENADI), contra el ciudadano LUÍS FELIPE RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.274.221, de este domicilio, indicándole que no podrá intentar nuevamente la misma sin que hayan transcurrido los noventa (90) días a los que hace referencia el artículo 27.....