DISPOSITIVA
Según los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con competencia en materia de Jurisdicción voluntaria de conformidad con el artículo 3 de la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2.009, publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 en fecha 02 de Abril de 2.009, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, y conforme con lo establecido en el Artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, DECIDE:
1.- Se declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus, EDILBERTO ENRIQUE BRACHO CHÁVEZ, a los ciudadanos ALICIA MARGARITA ATENCIO; SHARON DEL VALLE BRACHO DE FERNÁNDEZ; SANDRA DEL VALLE BRACHO ATENCIO; EDEBERTO JOSÉ BRACHO ATENCIO; SOVEIDA DEL VALLE BRACHO DE PÉREZ y EDILBERTO JOSÉ BRACHO ATENCIO, antes identificados, en la condición de cónyuge e hijos del prenombrado.....