DISPOSITIVA
Según los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con competencia en materia de Divorcio de conformidad con la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2.009, publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 en fecha 02 de Abril de 2.009, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, y conforme con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, decide:
1) Se declara COMPETENTE para conocer de la causa por DIVORCIO 185-A del Código Civil, solicitada por los ciudadanos JOSÉ RAMÓN BOLÍVAR NAVA y MARY YULEIBA QUEVEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V-9.774.979 y V-9.343.719, respectivamente, asistidos por la Abogada en ejercicio JUDITH MENDOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 153.823.-
2) Conforme a lo preceptuado en el Artículo 132 del Cód.....