Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, decide:
1.) Se declara COMPETENTE para conocer de la causa por Resolución de Contrato de Arrendamiento, intentada por el Abogado MARCEL CUEVA MENDEZ, identificado con cédula de identidad N° 15.531.196, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 111.821, actuando como apoderado Judicial de los ciudadanos HERNAN FEREIRA LEAL y EDILMA MACHUCA FLORES, identificados con cédulas de identidad Nos. 123.428 y 22.069.079 respectivamente, en contra de la ciudadana MAIRA PARRA PARRA.-
2.) Désele entrada. Fórmese Expediente y numérese. Al efecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 886 del Código de Procedimiento Civil, emplácese a la parte demandada, a la ciudadana MAIRA PARRA PARRA, a fin de que comparezca por ante este Tribunal en el segundo .....