DISPOSITIVA
Según los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con competencia en materia de Jurisdicción voluntaria de conformidad con el artículo 3 de la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2.009, publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 en fecha 02 de Abril de 2.009, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, y conforme con lo establecido en el Artículo 825 del Código Civil en concordancia con el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, DECIDE:
1.- Se declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los de-cujus, CAIN FERRER y BERTILA ANGELA URDANETA DE FERRER, a los ciudadanos: HAYDE BEATRIZ FERRER URDANETA, YRIS BERTA FERRER URDANETA, FELICIANO SEGUNDO PARRA BRACHO, JOSÉ ALBERTO PARRA FERRER y JOSÉ ALFREDO PARRA FERRER, venezolanos, mayores de edad, titulares de las.....