DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Mara, Almirante Padilla Y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la presente reclamación alimentaria incoada por la ciudadana: ZAIDA ANTONIA MENDEZ GUTIERREZ, contra el ciudadano: LEVIS RAMIRO LARREAL MENDEZ, y a favor de la niña y adolescente de autos. Queda suspendida de esta forma la medida de embargo preventivo que fuese decretada en el juicio en fecha 26 de Septiembre de 2.005 y que consta al cuaderno de medidas de este expediente. Ofíciese lo conducente una vez haber quedado definitivamente firma esta decisión.
No hay condenatoria en costa por la naturaleza de la decisión.
Publíquese, regístrese. Déjese copia certificada del presente fallo de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 de Código de Procedimiento Civi.....