III -
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR VIA EJECUTIVA, introdujera el ciudadano JOSE BRAVO RODRIGUEZ, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL CONSTRUCCIONES Y ELECTRIFICACIONES L.P, C.A. En consecuencia, queda extinguido el procedimiento. Archívese el expediente.
Por la índole de la decisión no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo del Juzgado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en San Rafael de El Moján, a los once (11) días del mes de Febrero de dos mil diez (2010).
Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZA,
.....