Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
1.- PROCEDENTE en derecho la tutela judicial efectiva planteada por la ciudadana YASMIJAIRA CHACON ALVEAR en contra del ciudadano ALIXO ATELIO ANGARITA ESPINOZA, ambos identificados en la parte expositiva de esta sentencia, bajo los fundamentos constitucionales de derecho y de justicia, consignados en la motivación respectiva;
2.- IMPROCEDENTE la reconvención propuesta por el demandado ALIXO ATELIO ANGARITA ESPINOZA en contra de su demandante; y, por vía de consecuencia, SE ORDENA y CONDENA al mencionado ALIXO ATELIO ANGARITA ESPINOZA a cumplir con los términos convenidos en el documento contentivo del contrato de ejecución de obra y a hacer la entrega material de la misma, a satisfacción de la parte actora, en un lapso máximo de dos m.....