Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, MARIO RÓMULO GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad No. V-3.371.229, domiciliado en la calle 6ª, casa No. 4-12, Barrio Carlos Andrés Pérez, Jurisdicción del Municipio Colón del Estado Zulia y NORIS YAZAIRA MÁRQUEZ HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad No. V-7.642.321, de este mismo domicilio, en fecha cuatro (04) de Abril del año Mil Novecientos Ochenta y dos (1982), por ante el Jefe Civil y Secretario respectivamente, de la Parroquia San Carlos de Zulia, Municipio Colón, Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio s.....