Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos LUZMEIRA DEL CARMEN GARCIA COLINA Y GONZALO DE JESUS SARCOS AZUAJE, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 10.684.152 Y V-7.903.550, respectivamente, domiciliados en esta ciudad y Municipio Colón del Estado Zulia, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio Abelardo Bracho , venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 130.094 y de igual domicilio, en fecha diecisiete (17) de Diciembre del Año Mil Novecientos Ochenta y Ocho ( 17-12-1998) por ante la Coordinación del Registro Civil de la Parroquia San Carlos de Zulia, Municipio Colón de.....