Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos: GABRIEL SALVADOR CABARCAS PEDROZO Y LISETH DEL CARMEN MELEAN RIOS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 15.135.032 Y V- 15.436.206, respectivamente, domiciliados en esta ciudad y Municipio Colón del Estado Zulia, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio JEAN CARLOS MILLAN GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 165.774, domiciliado en Jurisdicción del Municipio Colón, Estado Zulia en fecha Diecinueve de Mayo de 1997, ( 19-05-1.997 ) por ante Prefectura de la Parroquia San Carlos de Zulia, hoy el Registro Civil d.....