Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado del MUNICIPIO COLON Y FRANCISCO JAVIER PULGAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con funciones de Control de conformidad con el artículo 666 de la (LOPNA), Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Acuerda Admitir la Acusación Fiscal y las pruebas en todo su contenido, presentadas por el Fiscal Decimosexto del Ministerio Público, Jenny Benavides. SE OMITE IDENTIDAD, en la comisión del delito de TRAFICO EN MODALIDAD DE OCULTAMIENTO EN CANTIDAD MENOR DE SUSTANCIAS ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS previstos y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Droga, Y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previstos y sancionado en el artículo 2de la Ley sobre Rama y Explosivos, en concordancia con el articulo 277 del Código Penal Venezolano, todos en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO - SEGUNDO: Declara la procedencia de la Admi.....