Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos: ADELMO ENRIQUE SANCHEZ REVEROL LILIBETH LARIOS CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 7.899.982 y V-7.904.532 respectivamente, domiciliados en esta ciudad y Municipio Colón del Estado Zulia, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio ROSA ANDREINA DELGADO LARIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 109.519, y de igual domicilio, en fecha Dieciocho (18) de Julio del año Mil Novecientos Ochenta y Siete (1.987) por ante el Registro Civil de la Parroquia San Carlos del Municipio Colón, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 98.....