Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS COLÓN Y FRANCISCO JAVIER PULGAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por ALFONSO ENRIQUE CARTAGENA SIERRA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-13.009.176, domiciliado en el Chivo, Parroquia Simón Rodríguez, Municipio Francisco Javier Pulgar del Estado Zulia, en contra de WEILL GOMEZ RAFAEL ALFONSO, venezolano, mayor de edad, administrador, domiciliado en la Ciudad de Mérida, titular de la cédula de identidad No. 6.338.078 y domiciliado en la ciudad de El Vigía, Estado Mérida, generándose un solidaridad entre el mencionado ciudadano y la Empresa PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES 30-32, C.A., conforme a lo preceptuado en el Artículo 21 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y se CONDENA a la parte demandada al pago por los conceptos d.....