En consecuencia y con mérito a los argumentos antes señalados este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
1) LA MEDIDA DE SECUESTRO: Sobre el mueble constituido por un vehiculo, marca CHEVROLET, modelo CHEYENNE, tipo: PICK UP, año: 2006, color: BLANCO, uso: CARGA, serial del motor: 26V340296, serial de carrocería: 8ZCEC14T26V340296, placas: 270PAF, según documento de venta a crédito con reserva de dominio de fecha 31 de agosto del 2006. Todo de conformidad con el articulo 585 y 599 del Código de Procedimiento Civil, solicitada por la demandante la Sociedad Mercantil BANCO PROVINCIAL S.A., BANCO UNIVERSAL, inscrita en el Registro de Comercio que llevó el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO MERCANTIL DEL DISTRITO FEDERAL, el 30 de septiembre de 1952, bajo el N° 448, tomo 2-B, cuya ultima modificación estatutar.....