la Ley, declara lo siguiente:
1) La HOMOLOGACIÓN, por lo que se le da el carácter de cosa juzgada, al convenimiento celebrado por DANIEL JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ, representado por la abogado YANETH CHOURIO LAMEDA, en contra de la ciudadana NELVIS GABRIELA RODRÍGUEZ, asistida por el abogado WILLIAM OSPINO, en fecha 10 de febrero del 2004.
2) Se acuerda no archivar el expediente.