Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, FREDDY RICARDO URDANETA CASERES y ROCIO DEL CARMEN ROMERO ANDARA, el 21 de Mayo de 1988, por ante la Intendencia de del antes Municipio Cristo de Aranza ahora Parroquia Cristo de Aranza del Estado Zulia, según acta N° 294, acompañada a los autos en copia certificada, y cuyo último domicilio conyugal estuvo ubicado en la en la Urbanización La Victoria, calle 75ª, numero 78B, raya 276, en jurisdicción de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia,
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo de conformidad con lo estable.....