DISPOSITIVO DEL FALLO
Con mérito en los anteriores argumentos este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley declara, lo siguiente:
Sin Lugar, la Nulidad Absoluta del Convenimiento solicitada por la parte demandada, convenimiento este que fuere celebrado por las partes intervinientes en esta contención ciudadanos MARISOL DE CONZUELO UZCATEGUI RÍOS, debidamente representada por las abogados YUSMENY AÑEZ y ANA ESPINA, en contra de la ciudadana ELAINE VIELMA, asistida legalmente por el abogado LUIS BASTIDAS DE LEÓN, el seis (06) de agosto del dos mil tres (2003) el cual fue homologado por esta Administradora de Justicia en fecha once (11) de agosto del dos mil tres (2003).
No hay condenación en costas por la naturaleza del presente fallo.