Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO (Artículo 185-A del Código Civil), y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos IRGENIS CAROLINA FUENMAYOR LÓPEZ Y DENNYS DE JESÚS PARRA ALIAN, Venezolano, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nos.12.591.984 y 11.390.245, respectivamente de domiciliados en el Municipio Autónomo San Francisco del Estado Zulia, el 06 de Septiembre de 2002, ante el Jefe Civil y Secretaria de la hoy de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 243, libro 02, año 2002, acompañada a los autos en copia certificada, y cuyo domicilio.....