Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) La HOMOLOGACIÓN del desistimiento del procedimiento dándole el carácter de Cosa Juzgada.
2) Se ordena la entrega de los originales solicitados previa certificación por secretaría en el expediente de marras de las copias respectivas.
3) Se levanta la medida de Embargo Ejecutivo decretada por esta sala el 6 de agosto del 2009 y ejecutada el 21 de octubre del 2009 por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
4) Se ordena el archivo del presente expediente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
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