Con mérito en los argumentos precedentes este Juzgado Undécimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco De La Circunscripción Judicial Del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley declara:
1) SIN LUGAR: la acción incoada por S.M. COMERCIAL QUITA PON C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital, antes Distrito Federal y Estado Miranda, Nº 64, tomo 58-A-Sgdo, de fecha 11 de mayo de 1993, en la persona de su Vicepresidente JOSÉ MANUEL MIOTA ROUCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 4.354.109, de este domicilio, representado legalmente en este acto por el Abogados ENRIQUE MÁRQUEZ y BLANCA VILLAMIZAR, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 23.018 y 62.607 respectivamente, ambos de este domicilio; en contra de la ciudadana ALBA AURORA TERAN PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la céd.....