En base a lo antes expuesto éste Juzgado UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
CON LUGAR: La demanda incoada por la ciudadana MIRIDA JOSEFINA GARCIA DE LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.842.415, de este domicilio, representada por el abogado HECTOR DANILO DUARTE, ROBERTO DEVIS SANCHEZ Y NORA BRACHO MONZANT, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Inpreabogado Nros. 26.073, 25.591 y 26.643, de este domicilio, en contra de la ciudadana MAURA JOSEFINA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº 7.819.667, de este domicilio, asistida por la abogada FABBINA PICON HINESTROZA, venezolana, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado Nº 148.324, de este domicilio, por RESOLUCION DE CONTRATO DE COMPRA VENTA. En consecuencia se orden.....