Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos ESPÍRITU SANTO VILLALOBOS HERNÁNDEZ y MARTHA EUNICE PÉREZ PACHECO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 17.294.961 y 16.919.205, de este domicilio, el 20 de junio del 2001, ante el Jefe Civil y Secretaria de la Parroquia Manuel Dagnino, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 136, folio 308, libro I, del año 2001, acompañada a los autos en copia certificada, y cuyo domicilio conyugal estuvo ubicado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia cert.....