1) Con lugar la Confesión Ficta alegada por la parte demandante CONDOMINIO RESIDENCIAS MARIA VICTORIA, representado legalmente por los abogados ERNESTO ATILIO RINCÓN RINCÓN, RAFAEL JOSÉ RINCÓN URDANETA, ALFONSO JOSÉ RINCÓN URDANETA, CARLOS ERNESTO RINCÓN BARBOZA y ALBERTO SALAS DÍAZ.
2) CON LUGAR la acción incoada por el CONDOMINIO RESIDENCIAS MARIA VICTORIA, representado legalmente por los abogados ERNESTO ATILIO RINCÓN RINCÓN, RAFAEL JOSÉ RINCÓN URDANETA, ALFONSO JOSÉ RINCÓN URDANETA, CARLOS ERNESTO RINCÓN BARBOZA y ALBERTO SALAS DÍAZ, de este domicilio, en contra del ciudadano LARRY JOSÉ GONZÁLEZ URDANETA, identificados todos en actas. En consecuencia se ordena a la parte demandada le cancela a la parte actora la cantidad de CUATRO MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 4.510.000,oo), que es la sumatoria de los montos de cuotas ordinarias y extraordinarias contenidos en los diez (10) recibos que se acompañan en el acto libelar.
3) INDEXACIÓN visto que lo solicitó en el e.....