En consecuencia y con mérito a los argumentos antes señalados este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) LA INCOMPETENCIA POR LA CUANTÍA en la demanda por la ciudadana MARIA CHIQUINQUIRÁ GALVIZ GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.082.101, domiciliada en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, asistida por la abogado FADYA DARGHAM, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 79.895, domiciliada en el Municipio San Francisco del estado Zulia, en contra del ciudadano JOSÉ LUÍS FONSECA ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.742.027, domiciliado en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, en relación al juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
2) Se declina la competencia por ante el JUZGADO DE PRIMER.....