Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO (Artículo 185-A del Código Civil), y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos: MARTIN SANCHEZ Y LESBIA MORALES Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad N° 7.894.415 Y4.158.722 respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia. celebrado en fecha seis (06) de Septiembre de dos mil cuatro (2004), por ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Santa Lucia del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 118, cuyo domicilio conyugal estuvo ubicado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
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