Con mérito en los argumentos antes expuestos este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1) SE EXTINGUE la presente demanda por la perdida del interés procesal, propuesta por S.M. MEDICAL SUPPLIER THE THREE, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital del Estado Miranda, el 4 de marzo del 2008, Nº 16, tomo 1770-A, y su cambio de domicilio ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia de fecha 23 de noviembre del 2009, Nº 7, tomo 6-A, en la persona de su presidente el ciudadano JOSÉ BERNARDO BARRE RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.541.555, asistido por el abogado ÁNGEL CHOURIO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el inpreabogado Nº 59.425, de este domicilio, en contra de .....