DISPOSITIVO DEL FALLO
Con mérito en los argumentos antes expuestos este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
1) SIN LUGAR; la demanda opuesta por el ciudadano ABELARDO CANAAN MONTIEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.536.595, representado legalmente por los abogados ALEXANDER QUINTERO VILLALOBOS y TITO COBOS PERCHE, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 24.713 y 24.450 respectivamente, en contra de la ciudadana MARIA AUXILIADORA ZEPPENDFELDT VAN EPS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.523.550, representada por el abogado RAÚL MOLINA BLANCHARD, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9256, todos de este domicilio, por DESALOJO. Así se decide.
Se condena en costas a la parte dem.....