DESICIÒN
Por todo lo antes expuesto, y según jurisprudencia emanada del Máximo Tribunal de la República, este Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.) QUE NO TIENE JURISDICCION para conocer del presente procedimiento de Oposición a la Compra de un terreno ejido interpuesto por el ciudadano JUAN PARRA DUARTE contra el ciudadano EDUARDO JOSÉ ROSAS, antes identificados. Así se declara.