En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus HERBERTO ENRIQUE RINCÓN HERRERA, a los ciudadanos ADALFA JOSEFINA QUINTERO DE RINCÓN, YELIXA RAMONA RINCÓN QUINTERO, ADIXA ISABEL RINCÓN QUINTERO, YANYN AURORA RINCÓN QUINTERO, HEBERTO ALEXANDER RINCÓN QUINTERO y ALBERTO ENRIQUE RINCÓN QUINTERO, titulares de la cédula de identidad número V-2.875.490, V-7.785.245, V-7.785.276, V-7.973.563, V-6.746.734 y V-12.212.964, respectivamente. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Expídanse cinco (05) juegos de copias certificadas del presente expediente a los fines de que sean entregados a la parte requirente. Devuélvanse los o.....