DISPOSITIVO
Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Parcialmente con lugar las cuestiones previas opuestas por la Sociedad Mercantil ROMERO QUERALES, C.A. (ROQUECA), en contra del ciudadano NERVIN ALBERTO ZAMBRANO HERNÁNDEZ.
Se ordena al actor NERVIN ALBERTO ZAMBRANO HERNÁNDEZ, corregir los defectos de forma en que incurrió al redactar su libelo de demanda, en los términos expuestos en el cuerpo de esta sentencia.
No hay condenatoria en costas, por no resultar totalmente vencida en la incidencia la parte demandante.