En consecuencia, realizadas las anteriores consideraciones, este Tribunal declara:
PRIMERO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO presentado por la abogada en ejercicio SOLEYDA AVILA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 61.911, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano LAURO ANTONIO FERRUCHO ESPLUGA, adquiriendo carácter en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se ordena la devolución de los documentos originales solicitados previa certificación en actas de los mismos.
LA JUEZ,
Abog. MARÍA DEL PILAR FARÍA ROMERO. Mg. Sc.
LA SECRETARIA,
Abog. GABRIELA BRACHO AGUILAR. Mg. Sc.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA,
Abog. GABRIELA BRACHO AGUILAR. Mg. Sc.