Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS propuesta por los ciudadanos LUIS ARTURO VILCHEZ MOLERO y LISSETT BEATRIZ FUENMAYOR PEDROZA, y en consecuencia, DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL, contraído el día veintitres (23) de diciembre del año dos mil seis (2006), por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Caracciolo Parra Pérez del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, acompañada a las actas en copia certificada signada con el No. 317.