Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, lo siguiente:
1) La HOMOLOGACION, del acto de autocomposición procesal, celebrado en fecha 20 de Noviembre de 2007.
2) Expedir por Secretaría tres (3) juegos de copias certificadas del convenimiento celebrado entre las partes, con inserción del presente auto de homologación, conforme lo solicitado.
3) Archivar el expediente en señal de terminación del juicio.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.-