Observando además, el Tribunal, que el solicitante no alega ni acredita prueba alguna que demuestre que los hechos y circunstancias sobre los cuales versa la inspección judicial extra Litem puedan desaparecer por el transcurso del tiempo, en consecuencia, este Tribunal NIEGA la pretensión en los términos solicitados.
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE.-