Por los fundamentos expuestos en líneas pretéritas, este Tribunal OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en levantamiento del velo jurisdiccional, declara:
1) Inexistente el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES - mediante el procedimiento de Intimación - que incoara el ciudadano RICHARD SÁNCHEZ en contra del ciudadano LUIS SEGUNDO ROJAS ROJAS, identificados en actas, por considerarlo este Tribunal un FRAUDE PROCESAL.
2) CON LUGAR la acción de Tercería incoada por el ciudadano JESÚS ALBERTO BOSCÁN URDANETA en contra de los ciudadanos RICHARD SÁNCHEZ y LUIS SEGUNDO ROJAS ROJAS, identificados en actas.
3) Conforme al Criterio Objetivo de las costas procesales, se condena en costas a los co-demandados en tercería, ciudadanos RICHARD SÁNCHEZ y LUIS SEGUNDO ROJAS ROJAS.
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE.-