Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la motiva de esta decisión, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción que por RECONOCIMIENTO DE FIRMA POR VIA CONTENCIOSA incoara la ciudadana ISIDORA SORE DE RAVENSTEIN contra la Sociedad Mercantil ADMINISTRACIÓN Y SERVICIO Z&B, C.A, representada por su Director GUILLERMO A. BOSCÁN INCIARTE, y en consecuencia, se decreta:
A.- Debidamente reconocida la firma extendida por el ciudadano GUILLERMO ANTONIO BOSCÁN INCIARTE en representación de la sociedad mercantil ADMINISTRACIÓN Y SERVICIO Z&B, C.A, en el documento base de la pretensión, y en consecuencia, con fuerza ejecutiva el mismo, rielante al folio seis (06) del presente expediente.
B.- Se condena en costas y costos procesales a .....