III.- Por los fundamentos expuestos:
Este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JUAN FRANCISCO ARAUJO BALZA a la ciudadana MARÍA CELINA PACHECO DE ARAUJO, en su condición de cónyuge y a los ciudadanos JOSÉ RAMÓN ARAUJO PACHECI, EMIGDIA ARAUJO PACHECO, JOSÉ MARCELINO ARAUJO PACHECO, AMADOR DE JESÚS ARAUJO PACHECO, MARÍA DEL CARMEN ARAUJO PACHECO, NAPOLEÓN DE JESÚS ARAUJO PACHECO y MARÍA CESILIA ARAUJO DE SALAZAR en su condición de hijos. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase en original, previa certificación de todas estas actuaciones.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedi.....