DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano ROBERTO DE JESÚS BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.168.125, domiciliado en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, en contra de la Sociedad Mercantil LAGO DORAL PARK (L.D.P) C.A, inscrita en el Registro mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, bajo el N° 30, Tomo 28-A, en fecha 21 de julio de 2006, la Sociedad Civil JUNTA DE CONDOMINIO DEL CENTRO COMERCIAL DORAL CENTER MALL, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 21 de julio de 20.....