este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil el cual establece:
"Cualquier Juez Civil es competente para instruir las justificaciones y diligencias dirigidas a la comprobación de algún hecho o algún derecho propio del interesado en ellas. El procedimiento se reducirá a acordar, el mismo día en que se promuevan, lo necesario para practicarlas; concluidas, se entregarán al solicitante sin decreto alguno".
Por ello, declara como UNICOS UNIVERSALES Y HEREDEROS de la de-cujus, ciudadano CARLOS ENRIQUE PORTILLO TROCONIS, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.609.242, domiciliado en esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, fallecido ab-intestato el .....