este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, BELKIS JOSEFINA PACHECO y CARLOS LUIS BAEZ VILLALOBOS, en fecha veintitrés (23) de mayo 1997, ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Pueblo Nuevo del municipio Baralt del estado Zulia, tal como se evidencia de acta de matrimonio signada con el No. 14, acompañada a los autos en copia certificada.
Se ordena oficiar al Registro Civil de la Parroquia Pueblo Nuevo del municipio Baralt del estado Zulia y al Registro Principal del estado Zulia, a objeto de que estampen la nota marginal correspondiente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 ordinales 3º y 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conform.....